Sabores de Mar y Pampa es una feria de alimentos regionales cuyo objetivo principal es brindar un espacio para que los pequeños productores expongan y comercialicen sus productos y promover vínculos comerciales a través de rondas de negocios; favoreciendo así el desarrollo local, el comercio justo y la preservación de la identidad territorial.
Organiza: Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego
Organiza: Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego
1. DISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento constituye el pliego de condiciones de contratación estipuladas por Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego, institución organizadora de la feria Sabores de Mar y Pampa. Todos los expositores, por el mero hecho de su inscripción, aceptan la presente normativa y las disposiciones generales establecidas, debiendo cumplir íntegramente con las mismas.
2 INFORMACIÓN GENERAL
2.1- DENOMINACIÓN
Sabores de Mar y Pampa es una feria de alimentos regionales cuyo objetivo principal es brindar un espacio para que los pequeños productores expongan y comercialicen sus productos y promover vínculos comerciales a través de rondas de negocios; favoreciendo así el desarrollo local, el comercio justo y la preservación de la identidad territorial.
2.2 - DATOS DEL ORGANIZADOR Y DEL PREDIO
ORGANIZADOR
Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego San Martín y Uslenghi (8150) Coronel Dorrego, Bs. As. Tel: 02932-15-520555 02932-15-506127 e-mail: feriamarypampa@hotmail.com
PREDIO FERIAL
Predio Ferial de la Sociedad Rural de Coronel Dorrego
Ruta Nacional N° 3 y acceso a la ciudad de Coronel Dorrego
3 – ADMISIÓN Y CONTRATACIÓN
3.1 –INSCRIPCIÓN
Para hacer efectiva la reserva de espacio en Sabores de Mar y Pampa se deberá remitir a La Organización la Planilla de inscripción debidamente cumplimentada un mes antes de la fecha del evento. La Planilla de inscripción deberá ser completada en todos sus apartados, a máquina o con caracteres de imprenta, y deberá ser firmada por una persona con poder suficiente, debidamente identificada por la empresa solicitante.
3.2 -CONFIRMACIÓN
La reserva del espacio deberá confirmarse vía e-mail hasta 10 días previos a la fecha de realización de la feria.
En caso de incumplimiento, La Organización se reserva el derecho de poder disponer, a su entera discreción, del espacio contratado, perdiendo el incumplidor cualquier tipo de derecho respecto al espacio solicitado. La condición de expositor quedará definitivamente aceptada cuando la organización de la feria Sabores de Mar y Pampa haya recibido la Planilla de inscripción con firma original y el importe total correspondiente a la contratación. El firmante de la Planilla de inscripción contrato reconoce y acepta las condiciones del presente reglamento. El Centro Cultural Agropecuario se reserva el derecho de admisión y la posibilidad de rechazar la participación de aquellas solicitudes cuyos productos o actividades no se ajusten a la temática del evento y/o tengan alguna limitación de índole legal y/o no reúnan el perfil requerido por los organizadores.
3.3. TARIFAS Y CONDICIONES DE PAGO
El espacio contratado será abonado junto con la entrega de la planilla de inscripción.
3.4-UBICACIÓN DEL ESPACIO CONTRATADO
La Organización se reserva el derecho a definir la ubicación del expositor con anterioridad a la celebración de la muestra, manteniendo una coherencia con los criterios expositivos de la misma. Asimismo, La Organización podrá reubicar a cualquier empresa si las circunstancias lo exigieran y sin que se derive indemnización alguna para el expositor por el ejercicio del citado derecho ni derecho a reclamo alguno.
4 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
4.1- MODO DE CONTRATACIÓN DE ESPACIOS
La contratación se realiza mediante la Planilla de inscripción.
La ubicación e identificación del lote se encuentra sujeta a la decisión definitiva e inapelable de La Organización.
4.2- ESPACIOS
El espacio contratado será de 10 m2 de suelo con 2.5 m de frente y 4 m de fondo. Piso de tierra con cubierta plástica.
4.3 – VIGILANCIA
La Organización se encarga del servicio de vigilancia general del predio, tanto de día como de noche, desde el primer día de armado hasta el último de desarme. Sin embargo, no se responsabilizará por el material, mercaderías y objetos depositados en cada stand.
El Expositor será el único responsable por los daños causados a su personal, a visitantes de la muestra que se encuentren dentro de su stand y/o sus cosas y/o bienes de cualquier naturaleza por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, granizo, penetración de agua, humedad, inundaciones y goteras, accidente, conmoción civil, sabotaje u otras causas cualesquiera sea su origen y procedencia, y será, asimismo, responsable por los daños y/o perjuicios personales ocasionados dentro y fuera de su stand por su personal y/o cosas de que sirve o tiene a su cuidado. En consecuencia el expositor está obligado a asegurarse contra todo riesgo.
5. REQUISITOS PARA INICIAR LA CONSTRUCCIÓN DE STANDS
Para que se permita el acceso al predio como Expositor la empresa deberá contar con los siguientes requisitos:
• La Planilla de inscripción firmada y entregada de forma original.
• La documentación solicitada en la Planilla de inscripción.
• El pago correspondiente.
En ningún caso podrán existir elementos constructivos o de decoración de los stands que excedan los límites del lote o sobresalgan sobre los pasillos.
6 DISPOSICIONES GENERALES
6.1 - DERECHO DE ADMISIÓN
La Organización se reserva al derecho de admisión de personas y objetos así como de aquellas solicitudes cuyos productos o actividades no se ajusten a la temática del evento o tengan alguna limitación de índole legal.
6.2 - CAUSAS DE FUERZA MAYOR
La Organización se reserva el derecho de poder reducir o ampliar la duración de la feria, así como aplazar su celebración, siempre que circunstancias especiales así lo aconsejen o causas de fuerza mayor lo exijan. Tales circunstancias no serán motivo suficiente para que los expositores rescindan su contrato ni para exigir cualquier tipo de compensación en concepto de daños y perjuicios.
6.3 - PLIEGO CONTRACTUAL
Todos los expositores por el simple hecho de firmar la Planilla de inscripción aceptan las presentes normas de participación que se constituyen en pliego de condiciones de contratación, sin condicionamientos de ningún tipo.
6.4 - RESPONSABILIDAD DEL EXPOSITOR
El Expositor es el único responsable civil, penal, laboral, y administrativamente ante el Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego y ante el personal propio y contratado y de todas sus actividades desarrolladas dentro del predio de Sabores de Mar y Pampa y sus derivaciones, incluyendo accidentes de trabajo, daños y perjuicios, siniestro, robo, y hurtos, accidentes climáticos, conmoción social, sabotaje o cualquier otra circunstancia, aún derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. El Expositor deberá contratar seguros necesarios a fin de cubrir los riesgos que suscitarán por el tipo de actividades desarrolladas en la muestra. El Expositor deberá estar presente en su stand desde 20 minutos antes de la apertura de la muestra, hasta 20 minutos después del cierre de la misma, durante todos los días de la exposición. El Expositor deberá tomar los recaudos necesarios, en lo referente a su cobertura de salud, ya que durante la exposición sólo se atenderán los casos de emergencia médica y si lo requiriese el traslado hacía Hospital más cercano; siendo por cuenta y cargo del Expositor toda otra atención médica (ejemplo internación, medicamentos, etc).
6.5 - PUBLICIDAD
Queda totalmente prohibida toda acción publicitaria y promocional que se lleve a cabo fuera de los límites del propio stand y no cuente con el expreso consentimiento del Centro Cultural Agropecuario. Aquellas empresas interesadas en desarrollar acciones de este tipo deberán ponerse en contacto con la organización. Toda la publicidad de los expositores se concretará a temas profesionales. Se prohíbe la publicidad de contenido ideológico o político, que atente contra la legalidad vigente o que sea comparativa. La Organización está autorizada a prohibir la distribución de publicidad que haya dado lugar a reclamaciones y a retener este material hasta la finalización de la Feria.
6.6 – REGLAMENTO DE SORTEOS O CONCURSOS
Cualquier concurso o sorteo que desee realizar El Expositor, deberá ser previamente autorizado por La Organización.
6.7 – VENTA DIRECTA AL PÚBLICO
En la Exposición se puede vender al público y entregar la mercadería en el momento, siempre y cuando esto no afecte la fachada del stand, siendo el expositor / vendedor el único responsable por el incumplimiento a las normas impositivas y laborales vigentes. El Expositor será único y exclusivo responsable por los productos que vende y/o por los servicios que presta, debiendo asumir todas sus consecuencias, manteniendo indemne a La Organización. El Expositor deberá contar con todas las autorizaciones gubernamentales necesarias para poder comercializar los productos y/o prestar servicios.
El Centro Cultural Agropecuario de Coronel Dorrego no exige porcentaje o retención sobre la venta al público.
7 – ASPECTOS BROMATOLÓGICOS
7.1 – DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Los productos alimenticios que se expendan, sirvan o se entreguen gratuitamente al público, deberán provenir de establecimientos habilitados y registrados por autoridad sanitaria competente.
• Las mismas deberán encontrarse contenidas en su envase original, con su etiqueta reglamentaria, con rótulo, fecha de vencimiento, de acuerdo a lo estipulado en el Código Alimentario Argentino (C.A.A.) y en perfectas condiciones de conservación. Los envoltorios deben estar limpios y en buen estado para evitar cualquier tipo de contaminación.
• El almacenamiento de los productos deberá hacerse de acuerdo a las necesidades requeridas por las mismas (estibaje, temperatura, humedad, aireación, etc.), debiendo asegurarse la adecuada rotación de la existencia de la misma.
• No apoyar la mercadería directamente sobre el piso, siempre deben estar a una distancia del mismo no menor a los 15 cm.
• Se prohíbe la acumulación de cajones, trastos o elementos ajenos a las tareas que se desarrollan.
• Todos los productos deben comercializarse envasados.
7.2 - NORMAS HIGIÉNICO-SANITARIAS LOS MANIPULADORES
• Los expositores que manipulen alimentos deberán estar en perfectas condiciones de salud
• poseer libreta sanitaria vigente
• Certificado de curso de manipulación de alimentos.
8- REQUISITOS CON LOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS EXPOSITORES REFERIDO A LOS ALIMENTOS EN SÍ Y A LOS MANIPULADORES
PAMS o RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio): Certificado que las autoridades sanitarias jurisdiccionales otorgan, para cada producto, a una empresa elaboradora, fraccionadora, importadora o exportadora de productos alimenticios o de suplementos dietarios. Para tramitar dicho certificado es requisito previo que la empresa cuente con RNE.
Libreta Sanitaria para los manipuladores.
9- CLAÚSULA GENERAL. COMPETENCIA
La organización tiene la plena facultad y competencia para adoptar toda decisión en orden a mantener la integrad de la feria, su finalidad, orden y organización, siendo la misma absolutamente inapelable.
Las presentes normas de participación forman parte integrante del contrato de cesión de espacio entre La Organización y el Expositor. Cualquier duda, cuestión o divergencia que pudiera surgir entre los expositores y Sabores de Mar y Pampa en orden a la implementación, cumplimiento y ejecución de las presentes normas de participación, será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad de Bahía Blanca, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pueda corresponder.

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